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Convocatoria de ayudas al cese de actividad 2018

Categoría: Noticias Publicado: Viernes, 09 Marzo 2018 Escrito por Emilio

El Boletín Oficial del Estado ha publicado el viernes 09 de marzo, la convocatoria de ayudas a transportistas autónomos por carretera que abandonen la actividad en 2018.

Crédito presupuestado:

  • Se establece un presupuesto de 9.330.000 €, distribuidos entre un importe de 9.180.000 € repartidos entre los beneficiarios resultantes, y un importe máximo de 150.000 € para pagar los potenciales recursos estimatorios interpuestos contra dicha Resolución. En todo caso, la concesión de las ayudas queda condicionada a la existencia de crédito adecuado y suficiente en el momento de la resolución de otorgamiento.

Límite de edad de los solicitantes:

  • La edad mínima para solicitar las ayudas es de 64 años, sin existir límite superior de edad.
  • La edad mínima no se exige a los solicitantes que dispongan, en el momento de la presentación de la solicitud, de una resolución que determine la fecha de efectos de la aprobación de la pensión por incapacidad permanente absoluta, total o gran invalidez para el desempeño de la profesión habitual de transportista

Ayudas:

  • 30.000 € por el total de las autorizaciones de transporte público de que fuera titular.
  • 5.300 € más por cada seis meses completos que le falten para cumplir 65 años. El cómputo de los meses completos de hará a partir del 1 de junio del ejercicio en que se otorgan las ayudas. Los beneficiarios a los que se le hubiera declarado incapacidad permanente absoluta o total para el desempeño de la profesión de transportista, no percibirán cantidad alguna por este concepto, con independencia de su edad.

Requisitos:

  • Ser titular, en el momento de la solicitud, de una autorización vigente de transporte público de ámbito nacional, de mercancías o de viajeros en autobús, con un máximo de tres copias, o bien simultáneamente de ambas autorizaciones con un máximo total de tres copias.
  • Haber sido titular, de forma ininterrumpida, durante los últimos 10 años, de  una de las autorizaciones anteriores, con un máximo de tres copias. Dicha autorización no podrá haber estado suspendida en ningún momento, contando con al menos una copia en vigor. Se permitirá una única interrupción por un plazo que no supere tres meses.

 Documentación a presentar:

  • Informe de vida laboral.
  • En caso de oposición a la consulta de NIF así como de estar al día en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la seguridad social: DNI y certificados de estar al corriente en el cumplimiento de las indicadas obligaciones.
  • En su caso, certificado de inscripción en el Registro Mercantil, o indicación del expediente donde se encuentra este documento si lo aportó con anterioridad.
  • En su caso, escrituras de constitución o documento donde se acredite que el beneficiario es el único socio, o indicación del expediente donde se encuentra este documento si lo aportó con anterioridad.
  • En su caso, Resolución del Instituto Nacional de la Seguridad Social con la fecha de la aprobación de la pensión de incapacidad permanente en el grado de total, absoluta o gran invalidez para el desempeño de la profesión habitual de transportista.
  • En su caso, documento acreditativo del poder con el que actúa el representante salvo que lo hubiera aportado con anterioridad indicando el expediente en el que está.

Presentación de solicitudes:

  • Las solicitudes deberán presentarse en la sede electrónica del Ministerio de Fomento.

Plazos y procedimiento:

  • Hasta el 08 de abril de 2018. 

 

Si estás interesado en solicitar las ayudas al cese de actividad, deberás ponerte en contacto con la Asociación cuanto antes, para iniciar los trámites

 

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